Tipos de seguros más habituales para tu día a día
Te contamos cuándo contratar un seguro o cuándo conviene asegurar
Introducción
Los seguros aportan la tranquilidad de estar protegido y de poder afrontar diferentes situaciones con una mayor seguridad. El fallecimiento de un ser querido, un robo en el hogar o las averías del vehículo particular o de empresa son solo algunos ejemplos. ¿Quieres saber cuáles son los tipos de seguros más habituales y en qué caso es recomendable contratarlos?
Un seguro para cada momento
Los tipos de seguro más habituales y cuándo conviene asegurar
- Seguro de salud o asistencia sanitaria: está regulado por los artículos 105 y 106 de la Ley de Contrato de Seguro (50/1980). A cambio del pago de una prima (normalmente anual), el asegurado podrá acceder a una gran variedad de médicos y especialistas. Sin embargo, es habitual que este tipo de seguros no cubran algunas circunstancias o patologías derivadas del consumo de drogas, alcohol, intentos de suicidio o enfermedades como el sida, entre otras.
El precio del seguro suele encarecerse a medida que avanza la edad de la persona asegurada, ya que se percibe como un mayor riesgo para la aseguradora. - Seguro de vida: regulado por los artículos 83-99 de la Ley de Contrato de Seguro (50/1980). Según esta normativa, a cambio de recibir la prima, el asegurador está obligado a “satisfacer al beneficiario con un capital, una renta u otras prestaciones convenidas”:
- Los seguros de vida pueden cubrir el riesgo de fallecimiento o invalidez (mediante la indemnización a los beneficiarios si se cumple el caso) o de supervivencia, en que la aseguradora está obligada a abonar el capital asegurado si el cliente no ha fallecido al final de la póliza.
- También pueden ser constantes (el beneficiario percibirá una cuota anual por fallecimiento o invalidez) o decrecientes (el capital asegurado disminuye a medida que aumenta la deuda contraída con la entidad financiera).
- Seguro de hogar: en esta modalidad de seguro, la aseguradora cubre diversos daños que se produzcan en la vivienda. Estos pueden ser muy diversos (como incendios, goteras, rotura de cañerías, accidentes domésticos, robos, fenómenos meteorológicos…). Según su nivel de cobertura, existen 2 tipos de seguro:
- Seguros multirriesgo: se trata de productos diseñados para cubrir varios tipos de accidentes y circunstancias. De esta forma, unifican todas las pólizas en una y su coste es menor que el que supondría contratar varias pólizas independientes.
- Seguros a todo riesgo: cubren todos los riesgos, salvo los mencionados explícitamente en el contrato de la póliza.
- Seguro de coche o moto: el Real Decreto Legislativo 8/2004 es el que regula este tipo de seguros. A cambio del pago de la prima, la compañía aseguradora se compromete a abonar una indemnización por daños directos o indirectos al vehículo y el conductor, que se determina en función de las coberturas de la póliza. Todos los conductores deben estar asegurados, si bien no todos tienen el mismo grado de protección:
- Seguros a terceros o de responsabilidad civil obligatoria: la incorporación de España a la Comunidad Económica Europea introdujo su obligatoriedad y es imprescindible para circular. Como su nombre indica, este seguro cubre la posibilidad de que se generen daños a otras personas. No cubre los daños personales propios ni tampoco otro tipo de circunstancias provocadas ante terceros derivadas del consumo de drogas y alcohol o por un exceso de carga, entre otras.
- Seguros a todo riesgo: incluyen una mayor cantidad de coberturas, como los daños sufridos por el vehículo, los personales, un robo o un incendio, por ejemplo.
- Seguro de responsabilidad civil: se aplica a todas las personas, que deben reparar o indemnizar los daños que han producido. Entre las coberturas contempladas, se encuentran los daños hacia personas, animales y materiales. Es obligatorio para algunas profesiones expuestas al riesgo de daños ajenos, como en el caso de los cazadores o los médicos, entre otros.
- Seguro deportivo obligatorio: el deporte de competición conlleva riesgos y, por ello, todos los participantes en eventos de nivel estatal están obligados a asegurarse. Además, el Real Decreto 849/1993, de 4 de junio, establece las coberturas mínimas que debe cubrir el seguro para deportistas federados.
¿En qué casos conviene asegurar?
Una vez que conoces los seguros más habituales, es importante saber en qué situaciones conviene contratar un seguro. El primer paso es revisar las coberturas que ofrece cada seguro y, a partir de ahí, decidir en consecuencia.
De esta forma, puedes hacerte algunas preguntas, como por ejemplo: ¿tiene sentido que la póliza de hogar incluya una cobertura por nieve si vives en una zona costera?
Consultar todas las preguntas frecuentes sobre seguros que resolvemos en CaixaBank.
Ahora que ya sabes más sobre los seguros más habituales, sigue consultando CaixaBank y mantente al día en todo lo relacionado con el mundo financiero y los seguros.
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